Compraventas de inmuebles, locales, solares

En Giménez Arbona le asesoramos en todo lo respectivo a la documentación necesaria y los trámites posteriores a la firma de cualquier tipo de compraventas.

Estamos en el centro de Barcelona y disponemos de una larga experiencia con la ventaja añadida de ser una notaría digital.

Documentación y gastos en la compraventa de un inmueble

En un procedimiento tan delicado como es la compraventa de una vivienda, puede servirle tener una lista, a modo de resumen, de todos los trámites y gastos que deberá realizar.

En el caso de la compraventa de solares o locales habrá documentos que no necesitará.

compraventa

Trámites y gastos para vender un piso

  • Nota Simple.

Debe solicitarse en el Registro de la Propiedad y tiene un coste aproximado de 10 euros.

  • Certificado Energético, Cédula de Habitabilidad e ITE.

Este último documento sólo para los edificios con más de 45 años de antigüedad con uno o varios inmuebles destinados a vivienda.

  • Recibo del IBI y el Certificado de Deudas de la Comunidad.

Con la finalidad de demostrarle al comprador que el inmueble a vender está al día de pagos.

En el enlace anterior encontrará más información al respecto.

  • Contrato de arras.

No es imprescindible pero sí muy aconsejable como garantía tanto para el comprador como para el vendedor. Hay diferentes modelos de contratos de arras, incluso descargables online, pero al ser un documento vinculante (o que debería de serlo de estar bien redactado) siempre es recomendable gestionarlo con un profesional y realizar la firma ante notario para evitar posibles problemas por errores de forma.

  • Impuestos

Se pagan únicamente tras realizar la venta y su cuantía varía enormemente en función de varios conceptos. Más abajo lo explicamos más en detalle.

Trámites y gastos para comprar un piso

1- Una vez verificado el valor del inmueble con los profesionales pertinentes (tasador si hay hipoteca, arquitecto, agencia inmobiliaria, etc); el siguiente paso es el de verificar que la vivienda esté libre de cargas. Para ello, debe solicitar y revisar, entre otros:

  • La Nota Simple (se solicita en el Registro de la Propiedad).
  • El Certificado Energético, la Cédula de Habitabilidad y la ITE cuando pertoque.
  • El Recibo del IBI y el Certificado de Deudas de la Comunidad

2- Gestionar con el banco la hipoteca si procede.
En este punto es importante tener en cuenta que al valor del piso o casa a comprar deberá añadirle el 10% del IVA, el 6,5% en Canarias (a excepción de viviendas de segunda mano, viviendas públicas y/o la edad del comprador en determinadas Comunidades Autónomas).

También hay que tener en cuenta el  Impuesto de Actos Jurídicos Documentados que oscila entre el 0,5% y el 1,5% sobre la responsabilidad hipotecaria en función de la Comunidad Autónoma.

3- Escoger una notaría para realizar la firma de la contraventa. Desde la Notaría Gimenez Arbona en el centro de Barcelona , le acompañaremos garantizándole la máxima eficiencia y seguridad. Recuerde que los honorarios de los notarios, también conocidos como aranceles, están regulados por el Estado. Como ejemplo, el coste para un inmueble de unos 350.000 euros oscilaría alrededor de los 1000 euros.

4- Inscripción de las escrituras de compraventa firmadas por la Notaría en el Registro de la Propiedad. Un trámite cuyo gasto, de nuevo, varía en función del precio de la vivienda (como media, entre 450 y 600 euros).

IMPORTANTE: si bien antes debía hacerse el cambio de titularidad del inmueble tras los dos meses posteriores a la compraventa, actualmente, en aquellas operaciones no asociadas a un préstamo hipotecario, su Notario puede encargarse de hacer esta gestión sin sobrecoste alguno.

Impuestos en la compraventa de un inmueble

Estos son los principales impuestos a los que debe hacer frente el vendedor de un inmueble:

  • El Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU)

Mucho más conocido como Plusvalía Municipal y que, como su nombre indica, depende del municipio y corresponderá a la parte vendedora.

  • El impuesto sobre bienes inmuebles (IBI).

Existe libertad entre las partes para alcanzar cualquier tipo de pacto aunque lo más habitual es que el comprador y el vendedor paguen proporcionalmente según los días del año que han disfrutado de la vivienda. (Art, 1225 del Codigo Civil) En el siguiente artículo podrá encontrar más información sobre quién paga el IBI en una compraventa.

  • El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

Si ha existido un incremento patrimonial causado por la compraventa será liquidado por la parte vendedora en el IRPF del ejercicio correspondiente.

  • Gastos de comunidad de propietarios

En los casos en los cuales la finca que se ha transmitido esté sujeta a un régimen de comunidad de propietarios, es importante que la parte vendedora informe a la parte compradora de los gastos pendientes o la ausencia de los mismos con un certificado; debiendo corresponder a la parte vendedora el pago de todos los gastos de comunidad de propietarios aprobados o devengados hasta la fecha de la transmisión.

Y estos son los principales impuestos básicos a los que debe hacer frente el comprador de un inmueble:

En el caso de que se trate de una segunda o posterior transmisión, la compraventa estará sujeta al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales Onerosas ITP cuyo tipo genérico en Cataluña es del 10% existiendo bonificaciones.

Si se trata de una primera transmisión, la compraventa estará sujeta a:

  • IVA que tratándose de una vivienda será del 10% o, en el caso de comprarse aisladamente otro inmueble cuya finalidad no sea de vivienda, será del 21%
  • Impuestos de Actos Jurídicos Documentados, que será del 1,5% de ese IVA.
Notaria gimenez arbona barcelona12

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